Para la afiliación de trabajadores, no basta con que el empleador realice el pago de aportes a la Caja de Compensación Familiar a la que se encuentra afiliado.
Conforme el vínculo laboral existente, se requiere el trámite ante la Caja de Compensación Familiar, en el mismo momento en que se celebre el contrato.
Los siguientes requisitos, también aplican para los afiliados que laboran por días, entendiéndose estos como aquellos que trabajan periodos inferiores a 30 días en el mes y por quienes no se realizan aportes al Sistema General de Salud, por encontrarse vinculados al Régimen Subsidiado en salud o como beneficiario del régimen contributivo. Los aportes deberán efectuarse según el número de días laborados por el trabajador.
Los documentos solicitados deben tener, como máximo, 2 meses desde su fecha de expedición.
Es deber y obligación legal del trabajador y su empleador reportar correcta y oportunamente todos los hechos o circunstancias tales como nacimientos, muertes, custodias, pensiones, incapacidades, licencias, ingresos al mercado laboral, etc… a más tardar al mes siguiente de ocurridas, toda vez que las mencionadas situaciones afectan de forma directa el reconocimiento, cuantía y pago de los subsidios o beneficios entregados por parte de esta caja de compensación familiar en favor del trabajador o sus personas a cargo, toda vez que no se cumpliría con la condición normativa de la dependencia económica de la persona a cargo respecto al trabajador.
Servicios a los que tienes derecho, siempre y cuando se cumplan las condiciones de Ley y las políticas de la Caja :
- Subsidio en dinero – cuota monetaria
- Subsidio en especie
- Subsidios en servicios
Veteranos son todos los miembros de la Fuerza Pública con asignación de retiro, pensionados por invalidez y quienes ostenten la distinción de reservista de honor.
También son veteranos todos aquellos que hayan participado en nombre de la República de Colombia en conflictos internacionales. Así como, aquellos miembros de la Fuerza Pública que sean víctimas en los términos del artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo.
“Los trabajadores afiliados mediante este mecanismo tendrán derecho a los servicios sociales referentes a recreación, turismo social y capacitación otorgada por parte de las Cajas de Compensación Familiar durante los años que aplica dicho beneficio. A partir del cuarto año de afiliación, gozarán de la plenitud de los servicios del sistema”.
Requisitos para la afiliación
Deberán anexar los documentos de afiliación generales y adicionalmente los siguientes:
Manifestación por parte del empleador donde indique:
- Que se incrementó el número de trabajadores con relación a los que tenía con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
- Que se incrementó el valor de la nómina, con relación al que tenía con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
- Copia de la PILA del mes de diciembre del año inmediatamente anterior y la del mes en la que se va a hacer la nueva vinculación. Las Cajas de Compensación Familiar podrán validar esta información en las bases de datos dispuestas para tal fin.
- Acreditación de la calidad de veterano, expedida por el Ministerio de Defensa o quien haga sus veces.
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