Hoy miércoles 3 de marzo se activan nuevamente las postulaciones al Subsidio de Emergencia para el Cesante.

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- Postulaciones virtuales inician el 3 de Marzo de 2021 a través de www.confa.co
- A partir del 3 de Marzo la plataforma se abrirá solamente los días hábiles de 9:00a.m. a 4:00 p.m.
- Este beneficio se asignará de acuerdo con la disponibilidad de recursos.
- Aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones por 3 meses, calculado sobre la base de un (1) salario mínimo legal mensual vigente equivalente a $908.526. El cesante que así lo considere podrá, con cargo a sus propios recursos, cotizar al Sistema de Pensiones por encima de un (1) salario mínimo legal mensual vigente.
- Acceso a la cuota monetaria del subsidio familiar en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicable al Sistema de Subsidio Familiar, en nuestro caso, el valor de la cuota monetaria para trabajadores cesantes que laboraban en empresas del sector urbano es de $35.100 y para trabajadores que laboraban en empresas del sector rural de $40.400
- Una transferencia económica para cubrir los gastos, de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario, por un valor de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir $1.817.052, divididos en tres (3) mensualidades iguales, equivalente a $605.684.
- Orientación e Intermediación Laboral, facilitando de esta manera el conocimiento del mercado laboral y la demanda presentada en el sector productivo.
- Capacitación para la Inserción Laboral: Componente que tiene como propósito mejorar las competencias para la empleabilidad.
- Encontrarse en situación de cesantía. No aplica para trabajadores con suspensión de contrato o con licencias no remuneradas.
- No haber sido beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante en los últimos tres años, en los términos de la Ley 1636 de 2013 y los Decretos 488 y 770 de 2020.
- Trabajadores dependientes o independientes, que hayan realizado aportes (al margen del porcentaje de los mismos), durante doce (12) meses, continuos o discontinuos en los últimos cinco (5) años.
- Haber estado clasificado en categoría A o B en la última afiliación a las Cajas de Compensación Familiar
- Los cesantes deben postularse en la última Caja de Compensación Familiar donde realizaron los aportes.
- Certificación sobre terminación del contrato de trabajo en caso de trabajadores dependientes.
- Para el caso de independientes, bajo la gravedad de juramento debe manifestar no contar con ingresos.
- Diligenciar de manera electrónica el Formulario Único de Postulación al Mecanismo de Protección al Cesante el cual estará disponible a partir del 3 de Marzo en www.confa.co.
- Certificado de inscripción en el Servicio Público de Empleo, para lo cual deberá registrar en línea la hoja de vida en el Sistema de Información del Servicio Público de Empleo – SISE, en el siguiente link: https://personas.serviciodeempleo.gov.co/login.aspx y descargar el respectivo certificado que deberá adjuntar en el momento de la postulación.
- Pagaré firmado y carta de instrucciones donde se comprometen a devolver los recursos en el caso en que reciba este beneficio estando vinculado laboralmente. Estos documento deben descargarse dando clic aquí:
deben ser impresos, firmados y escaneados, para subirlo con los demás documentos en el momento de la postulación.
- Copia digital legible de la cédula y de los documentos de identidad de los beneficiarios por quienes recibía subsidio en dinero cuando se encontraba laborando (hijos, hijastros, hermanos huérfanos de padres hasta los 18 años y padres mayores de 60 años), en el caso que aplique.
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