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Trabajadores dependientes en calidad de veteranos

  • Veteranos son todos los miembros de la Fuerza Pública con asignación de retiro, pensionados por invalidez y quienes osten­ten la distinción de reservista de honor.
  • También son veteranos todos aquellos que hayan participado en nombre de la República de Colombia en conflictos internacionales. Así como, aquellos miembros de la Fuerza Pública que sean víctimas en los térmi­nos del artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo.

“Los trabajadores afiliados mediante este mecanismo tendrán derecho a los servicios sociales referentes a recreación, turismo social y capacitación otorgada por parte de las Cajas de Compensación Familiar durante los años que aplica dicho beneficio. A partir del cuarto año de afiliación, gozarán de la plenitud de los servicios del sistema”.

Requisitos para la afiliación

Deberán anexar los documentos de afiliación generales y adicionalmente los siguientes:

  • Manifestación por parte del empleador donde indique:
  1. Que se incrementó el número de trabajadores con relación a los que tenía con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
  2. Que se incrementó el valor de la nómina, con relación al que tenía con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
  3. Copia de la PILA del mes de diciembre del año inmediatamente anterior y la del mes en la que se va a hacer la nueva vinculación. Las Cajas de Compensación Familiar podrán validar esta información en las bases de datos dispuestas para tal fin.
  4. Acreditación de la calidad de veterano, expedida por el Ministerio de Defensa o quien haga sus veces.

Contacto

(606) 878 3111

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