BEPS, La oportunidad para los que no pueden cotizar a una pensión

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BEPS, La oportunidad para los que no pueden cotizar a una pensión

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Julio Alberto Grisales Gómez. Director Regional Eje Cafetero
BEPS es un programa de ahorro voluntario que hace parte del modelo de protección para la vejez, impulsado por el Gobierno Nacional y administrado por Colpensiones que está favoreciendo a millones de colombianos que hoy no cuentan con la posibilidad de cotizar para una pensión, o que, habiéndolo hecho, cumplieron la edad y no lograron obtenerla.
BEPS funciona como un programa flexible que permite ahorrar de manera individual, independiente, autónoma y voluntaria, con el fin de asegurar una protección para el futuro de la población que recibe ingresos inferiores a un salario mínimo.
El objetivo del programa es crear una cultura de ahorro voluntario a largo plazo en la población de escasos recursos, para que al final de su etapa productiva puedan tener un ingreso; este ahorro es premiado con un subsidio del 20% otorgado por parte del Gobierno, según el esfuerzo y la permanencia de los aportes; así se mejora la calidad de vida cuando lleguen a la etapa de adulto mayor.
Un vinculado a BEPS debe ser ciudadano colombiano mayor de 18 años, percibir ingresos inferiores al salario mínimo legal vigente y debe estar vinculado al régimen subsidiado en salud o al régimen contributivo en salud como beneficiario.
Las características y beneficios del programa son:

  • El Gobierno Nacional premia el ahorro del vinculado entregándole un subsidio del 20% sobre los aportes totales.
  • Los vinculados pueden acceder a Seguros BEPS gratis con coberturas por muerte con amparo exequial, enfermedades graves y accidentes con desmembramiento.
  • La afiliación se puede hacer a través de las oficinas de Colpensiones
  • El ahorro se puede hacer desde $5.000 a través de las redes Susuerte y Vía Baloto en el Departamento de Caldas.
  • Los dineros ahorrados son heredables en la etapa de ahorro.
  • Los dineros pueden ser trasladados a la AFP a la cual el vinculado se encuentre afiliado para poder obtener una pensión.
  • Previo cumplimiento de los requisitos establecidos para los programas de Servicios Sociales Complementarios (BEPS y Colombia Mayor), podrá ser beneficiario de los dos programas.
  • Cuando el vinculado cumpla 62 años hombre o 57 años mujer puede empezar a disfrutar del pago de una suma de dinero cada dos meses, por el resto de su vida (anualidad vitalicia), que depende de la suma de los recursos ahorrados, más rendimientos generados y el incentivo periódico del 20%.